“Efectos de las Modificaciones a la Regla 3.8.4 de las RCGMCE para 2011″

08 de Agosto de 2011

 ”Efectos de las modificaciones a la regla 3.8.4 en Materia de Comercio Exterior, que imponen la obligación de retener el IVA en ventas de mercancías hechas en territorio nacional con pedimentos clave V5″

Como les informamos con oportunidad, el 1 de julio de 2011, entró en vigor la Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior para 2010, mediante la que se modificó la regla 3.8.4, fracción VII, relativa a la venta de mercancías importadas temporalmente o las resultantes del proceso de elaboración, transformación o reparación, por parte de empresas certificadas IMMEX a residentes en México para su importación definitiva. Cabe señalar que la fracción VII de referencia, en las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011, publicadas en el DOF el 29 de Julio de 2011, pasó a ser la fracción VI de la regla 3.8.4.

Más información- Efectos de las Modificaciones a la Regla 3.8.4. RCGMCE para 2011

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